Dra. Esc. Lucia Rolan Alvarez

Luego de seis años de estudio, obtuve mi título de Doctora en Derecho y Ciencias Sociales, en la UDELAR. En el año 2018, me gradué como Escribana Pública. En septiembre de 2019, obtuve mi título de Máster en Mediación, Negociación y Resolución Alternativa de Conflictos, por la Universidad Carlos III de Madrid.

Luego de años de trabajar bajo relación de dependencia, y luego como asociada en estudios jurídicos y notariales, decidí abrir mi propia firma en el año 2019. 

LA FIRMA

Somos una firma boutique, que, luego de una charla amena, te ayudamos a prevenir, o resolver tus problemas legales, así como brindarte seguridad jurídica en los negocios que realices. Para ello, contamos con el apoyo de una red de excelentes profesionales.

Mantenemos con nuestros clientes una relación de máxima confianza y conocimiento mutuo, lo que nos permite asesorarlos de una forma mucho más eficiente y adaptada a sus necesidades, con un trato totalmente personalizado.

Somos conscientes de la importancia de mantener informados a nuestros clientes a lo largo de los distintos procesos y asumimos nuestro trabajo con el compromiso de realizarlo con plena dedicación y con la máxima diligencia. La comunicación continua con el cliente es fundamental para nosotros, tanto respecto de la estrategia en los asuntos que nos confían, como de los avances en la gestión del asunto.

Sabemos que las disputas de nuestros clientes no se resuelven únicamente a través de los métodos tradicionales sino que, en muchas ocasiones, requieren de soluciones que eviten los riesgos inherentes a una eventual decisión judicial contraria a sus intereses. Por ello, es que, además de los tradicionales, utilizamos métodos innovadores como mediación, negociación, facilitación y conciliación.

ABOGACÍA

Desarrollar una relación directa y de confianza con el cliente, haciéndolo sentir cómodo, es nuestro principal objetivo. A partir de allí, se brinda un asesoramiento completo y responsable, intentando llegar a acuerdos, utilizando métodos innovadores, como MEDIACIÓN, y NEGOCIACIÓN.

Nos especializamos en el DERECHO DE FAMILIA, entiendiendo que lo primordial es preservar las relaciones familiares.

  • Derecho de Familia

DEPARTAMENTO NOTARIAL

Nos gusta y emociona participar de esos momentos tan importantes en la vida de nuestros clientes.

Nos especializamos en estudio de títulos de propiedad de inmuebles. Y mas precisamente, ofrecemos un servicio de pre-aprobación de títulos de propiedad para su venta. 

RESOLUCIÓN ALTERNATIVA DE CONFLICTOS

Resolución alternativa de los conflictos, es una forrma de dar fin a los conflictos, sin tener que pasar directamente por los Juzgados. Creemos que negociar, conciliar o mediar, es una gran forma de solucionar las controversias, evitando así, trasladar el asunto a Tribunales. 

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ME QUIERO DIVORCIAR, PERO MI EX NO ME FIRMA EL DIVORCIO...

Muchas veces, en consulta, escuchamos la frase: ''me quiero divorciar, pero mi ex no me firma el divorcio''.

Hoy te contamos, que eso es un mito. Para divorciarte, la única firma que necesitas, además de la tuya, obvio, es la del Juez.

Existen varias formas o trámites de divorcio, optar por alguno de ellos, dependerá del caso concreto. En caso de haber hijos menores dentro del matrimonio, antes de decretar el divorcio, el Juez debe resolver la situación respecto a éstos, tales como guarda, tenencia, visitas y pensión alimenticia.

Una vez dictada la sentencia de divorcio, corresponde hacer la comunicación a la Intendencia y al Registro de Estado Civil, a los efectos de que el divorcio surja de la partida de matrimonio. También se comunica al Registro Nacional de Actos Personales, para dar publicidad a la disolución de sociedad conyugal. A continuación, comentamos los diversos trámites o formas para divorciarse:

DIVORCIO POR CAUSAL

En este tipo de divorcio, se debe acreditar la existencia de alguna de las causales establecidas en la ley. El Código Civil, propone 11 causales, a las que él o la cónyuge se debe amparar al solicitar el divorcio.

El procedimiento es el siguiente: se inicia con una demanda, donde se explica el motivo por el cual se solicita el divorcio, y se ofrece prueba acreditando dicho motivo. El Juzgado le envía un cedulón al otro u otra cónyuge, quien tendrá el plazo de 30 días para hacer los descargos que considere pertinente. Posteriormente, realizados o no los descargos, se convoca a audiencia con el Juez, donde, entre otras cosas, admite la prueba ofrecida y convoca a una nueva audiencia. En la siguiente audiencia, el Juez diligencia la prueba, toma declaración a testigos, y solicita a los abogados que aleguen sobre el caso. Luego de la segunda audiencia, el Juez dicta sentencia. El demandado o demandada puede comparecer o no al juicio. De ello, no dependerá que el Juez dicte sentencia de divorcio.

Las causales admitidas por el Código Civil, son las siguientes:

1)  Por el adulterio de cualquiera de los cónyuges.

2)  Por la tentativa de uno de los cónyuges contra la vida del otro, pronunciada la sentencia criminal condenatoria.

3)  Por sevicias o injurias graves del uno respecto del otro.

4)  Por la propuesta de cualquiera de los cónyuges para prostituir al otro cónyuge.

5)  Por el conato de cualquiera de los cónyuges para prostituir a sus hijos o menores a cargo y por la connivencia en la prostitución de

aquellos.

6)  Cuando hay entre los cónyuges riñas y disputas continuas, que les hagan insoportable la vida común.

7)  Por la condena de uno de los cónyuges a pena de penitenciaría por

más de diez años.

8)  Por el abandono voluntario del hogar que haga uno de los cónyuges, siempre que haya durado más de tres años.

9)  Por la separación de hecho, ininterrumpida y voluntaria de por lo menos uno de los cónyuges durante más de tres años, sea cual fuere el motivo que la haya ocasionado.

10)  Por la incapacidad de cualquiera de los cónyuges cuando haya sido declarada por enfermedad mental permanente e irreversible.

11)  Por el cambio de identidad de género cuando este se produzca con posterioridad a la unión matrimonial, aun cuando este cambio retrotrajera a una identidad anterior.

DIVORCIO POR LA SOLA VOLUNTAD DE CUALQUIERA DE LOS O LAS CONYUGES.

En este tipo de trámite de divorcio, no es necesario acreditar un fundamento para solicitarlo. Basta con que hayan transcurrido dos años de la celebración del matrimonio y que se tenga la voluntad de culminar con el matrimonio.

El divorcio por la sola voluntad de cualquiera de los o las cónyuges, tiene el siguiente procedimiento: Uno de los cónyuges hace una solicitud de divorcio al Juez, exponiendo su deseo de disolver el matrimonio, y el Juez, cita a ambos cónyuges a audiencia. Serán 4 audiencias, con un período de separación de 60 días entre cada una. Luego de eso, se dicta audiencia.

El cónyuge que hizo la solicitud, tiene que comparecer a todas las audiencias. El otro cónyuge, si no lo cree necesario, puede no comparecer.

Es un trámite más extenso que el divorcio por causal, pero, en éste no se tienen que acreditar y probar causales.

DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO

Este es el único trámite de divorcio, en el que se necesita la comparecencia de ambos cónyuges. Ambos harán la solicitud de divorcio al Juez y deberán concurrir a 3 audiencias, que serán convocadas con una separación temporal de tres meses. Luego, el Juez dictará Sentencia de Divorcio. 

 

 

 

LUCIA ROLAN ALVAREZ. Abogada y Escribana Pública, egresada de la Facultad de Derecho de la Unversidad de la República. Magister en Resolución Alterntiva de Conflictos, por la Universidad Carlos III de Madrid.  Contacto 09480596 / contacto@luciarolanalvarez.com.uy